miércoles, 4 de julio de 2007

Consejo de Estado, Sección Segunda, Radicación número: 42/3265/99

El actor acusa el acto contenido en la Resolución No. 416 de 13 de junio de l994, por considerar que se encuentra viciado de nulidad al haber sido expedida con desviación de poder y falsa motivación. La desviación de poder la hace consistir en que su desvinculación no obedeció a razones del buen servicio; y la falsa motivación tuvo origen en circunstancias estrechamente ligadas con sentimientos de desprecio, fobia y animadversión del Director hacía el actor, generados por factores netamente políticos. La prueba testimonial a la Sala le merece plena credibilidad, en razón a que los deponentes son claros, responsivos e indican la ciencia de su dicho, y son acordes en dar cuenta del manejo político que se realizaba en la Corporación, por ser su Director hermano del político liberal VICTOR RENAN BARCO; con la consecuencia de que quien no milite en su movimiento es despedido de la entidad. El anterior proceder desdice de la buena marcha de la administración pública, cuando se convierte por efectos políticos en un botín burocrático que a la postre trae como consecuencia un evidente desmejoramiento del servicio público. Para la Sala, no cabe duda que la remoción del actor no obedeció a razones del buen servicio público, y que por el contrario, se dio una desviación de poder que trae como consecuencia que la presunción de legalidad del acto administrativo quede desvirtuada.

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