miércoles, 4 de julio de 2007

Consejo de Estado, Sección Segunda. Exp.11861 de 1995

“Resolución (…) mediante la cual fueron incorporados a la nueva planta los empleados que allí se relacionan y que no incluyó al demandante. Esta resolución, por ser acto particular que contiene la decisión que modificó la relación jurídica del actor con la administración tenía que ser demandada (…) frente a la comunicación (…) debe anotar la Sala que este fue simplemente el medio que utilizó la administración para hacer saber al demandante que quedaba desvinculado de la entidad por supresión del cargo y que no tiene efecto jurídico distinto al de información pues ni crea, ni modifica, ni extingue situación jurídica individual alguna.”

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